Ayudas de 2.500 € por hijo

Por fin, ha entrado en el Congreso de Los Diputados, el Proyecto de Ley por el que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el IRPF y la prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de la Seguridad Social, anunciada en el debate del Estado de la Nación, por Rodríguez Zapatero, sorprendiendo hasta a sus ministros, que tuvieron que improvisar como poder cumplirla, pues no había partida presupuestaria prevista. Además, Rodríguez Zapatero no gobierna con mayoría absoluta, y tendrá que convencer a sus socios separatistas y nacionalistas con una medida que posiblemente invada competencias autonómicas.
El citado Proyecto de Ley será tramitado por el procedimiento de urgencia y para empezar se ha solicitado un dictamen del Consejo Económico y Social, que una vez publicado, sabemos critica la propuesta por su carácter aislado y reclama un marco global de apoyo a las familias que, entre otros aspectos, garantice el acceso universal a las guarderías. Igualmente se abrió un plazo para enmiendas que después habrá que debatir. Las primeras de éstas ya se conocen, que si hay que pagar desde el uno de enero (600 millones de € más), que si 3.500 € para madres solteras, que igual para familias numerosas, que si lo administrarán, gestionaran y pagarán las comunidades, pero a todo esto, hoy por hoy todavía no hay norma legal alguna aprobada.
A pesar de ello, las solicitudes para recibir la ayuda anunciada se llevan recogiendo desde hace meses, lo cual no ha ocurrido nunca en ningún país moderno, y además, mientras la promesa de Zapatero era dar a cada familia que tenga un hijo o lo adopte, desde el 3 de julio pasado, un cheque de 2.500 € por una sola vez, en el texto presentado se habla de una deducción en el IRPF cuando, siendo contribuyente de dicho impuesto, concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que realice una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen correspondiente de la S.S. o mutualidad en el momento del nacimiento o la adopción, o que hubiera obtenido durante el periodo impositivo anterior rendimientos íntegros del trabajo, del capital o ganancias del patrimonio, sujetos a retención o ingreso a cuenta, o rendimientos de actividades económicas por los que se hubieran efectuado los correspondientes pagos fraccionados.
Solo en el caso de no cumplir los anteriores requisitos podrá percibirse en metálico y de forma anticipada una prestación no contributiva de 2.500 €. O lo que es lo mismo, salvo que se modifique esta parte del texto, la mayoría de españoles que tengan un hijo o lo adopten, tendrán que conformarse con la deducción en su declaración del IRPF del año siguiente, pero no recibirán ningún cheque para aliviar los gastos iniciales que produzca ese nacimiento o adopción. Y es que una cosa es prometer y otra dar trigo.

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